El Fomento a la cultura independiente tiene su proyecto de ley

El lunes 27 de noviembre se presentó un proyecto de «Ley de Fomento a la Cultura Independiente» en el Club Villa Malcom.

 

 
El evento fue organizado por un conjunto de organizaciones agrupadas en el colectivo Cultura Unida que expusieron las líneas centrales de esta iniciativa conjunta que promueve un mínimo de 3,5% del Presupuesto General de Cultura al programa de Incentivo a la Producción Cultural.
 
Las leyes y programas de fomento resultan de vital importancia para garantizar el sostenimiento del acceso democrático y equitativo a la cultura, y requieren acompañamiento presupuestario para cumplir sus objetivos. Este proyecto garantizará el financiamiento de los Institutos Proteatro, BAMúsica, Prodanza, BAmilonga, Proescritores y el Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y la Ciencia.
 
Cada año, la Ciudad de Buenos Aires alberga una infinidad de contenidos y proyectos culturales independientes. Esto sucede en buena medida gracias a una ciudadanía activamente comprometida en la generación de arte y cultura sobre la base de la pluralidad, diversidad e inclusión. En este marco se inscriben artistas, productores, espacios y organizaciones culturales que inciden directamente con sus plataformas de producción y reproducción de cultura e identidades locales en el ejercicio de nuestros derechos culturales.
 
Cultura Unida sostiene que “con ese 3,5% del presupuesto de cultura, nos multiplicamos. Más espacios culturales en la Ciudad, más artistas, más gestores y productores culturales podremos hacer más cultura, garantizando el acceso a más espectadores”.
 
El sector de la cultura independiente, continúa,  “pese al poco presupuesto destinado, a enfrentar un aumento generalizado de los costos fijos, una merma en los consumos culturales y sin trasladar los aumentos al precio de las entradas, hoy incluye a más de 500 espacios donde se producen anualmente 100.000 funciones en las que actúan 700.000 artistas con más de 5.000.000 de espectadores. La aprobación de esta Ley generaría miles de puestos de trabajo relacionados con el mundo de la cultura y de las artes”.
 

 
 
El proyecto fue presentado en la Legislatura como una iniciativa independiente, que busca conseguir el apoyo de todos los partidos políticos y a la que cualquier legislador/a puede adherir.
 
Ya han levantado el proyecto los siguientes diputados: Andrea Conde, Javier Andrade, Lorena Pokoik, Pablo Ferreyra, José Cruz Campagnoli (FPV); Maxi Ferraro (Coalición Cívica); María Rosa Muiños (Bloque Peronista), Adrián Rodolfo Camps (Socialista Auténtico),
 

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Lo destacado del proyecto

a) Ley de Fomento a la Cultura Independiente
 
El proyecto de Ley de Fomento a la Cultura Independiente propone que el Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires destine como mínimo un 3,5% de su presupuesto esto a los programas de “Incentivo a la Producción Cultural”.
b) Evolución Presupuestaria de los Programas de Incentivo
En los últimos años, la participación de los programas de fomento en el presupuesto de cultura no ha acompañado la evolución presupuestaria general. En los últimos 2 años, el Presupuesto de Cultura aumentó un total de $1634 millones (+62%). De ese dinero, apenas $7 millones se destinaron al “Programa de Incentivo a la Producción Cultural” * (0,42%).
2016 Presupuesto Cultura: $2631 millones
2017 Presupuesto Cultura: $3768 millones – (Aumento $1108 millones = +43.2%)
2018 Presupuesto Cultura: $4265 millones – (Aumento $497 millones = +13.2%)
2016 Programa 11*: $71.1 millones – Part. 2,7% del presupuesto total
2017 Programa 11*: $74.9 millones – Part. 2% – (Aumento $3,8 millones = +5,4%)
2018 Programa 11*: $78.1 millones – Part. 1,8% – (Aumento $3,1 millones = +4,2%)
 
Lo que se busca es garantizar que los programas de fomento puedan conseguir los fondos suficientes para mantener el apoyo a las artes y a la cultura independiente.
 
*El programa 11 es “Incentivo a la producción cultural”. Incluye Proteatro, Prodanza, Proescritores, Bamúsica, Bamilonga; el Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y la Ciencia; y el Régimen de Promoción Cultural (Mecenazgo)
c) Se incorpora el Instituto de Fomento a la Milonga.
En 2016 se aprobó la creación del Instituto de Fomento a la Milonga (ley 5735), al que le corresponden por ley un mínimo de $9.000.000 (pesos). Este programa se incluyó en la ejecución prevista para 2018, pero no se le destinó una previsión presupuestaria (En 2018 el aumento total de al Programa 11 es de sólo $3,2 millones.)
 
d) Fomento a los Centros Culturales y demás actividades artísticas.
El Fondo Metropolitano es una herramienta fundamental para asistir a todas las actividades culturales independientes, especialmente a las que no cuentan con ley de concertación. Por ejemplo, luego de la sanción de la Ley de Centros Culturales, y a falta de una ley específica, el Fondo creó una línea específica para acompañar el desarrollo de este sector. Es por ello que resulta necesario garantizar que reciba presupuesto suficiente para cumplir su cometido.
 
e) Financiamiento de Proteatro, Bamúsica, Prodanza y Proescritores
Las leyes de concertación que crean los institutos de fomento tienen una cláusula de garantía para que no se desfinancien los programas. Estas garantías son montos mínimos expresados en Unidades Fijas, que corresponde actualizar anualmente. Cada programa tiene sus propias unidades fijas, y anualmente se tienen que actualizar por presupuesto. El problema ha sido que, mientras algunas U.F. se actualizan permanentemente, otras quedan el olvido.
 
f) Quién apoya esta iniciativa: Este proyecto de ley fue elaborado por Cultura Unida, y se presentó en la Legislatura como una iniciativa independiente. Buscamos conseguir el apoyo de todos partidos políticos.
 
Texto del Proyecto de Ley
 
Artículo 1.-La presente “Ley Marco de Fomento de la Cultura Independiente” tiene por objeto garantizar el financiamiento de los programas de Incentivo a la Producción Cultural, promoviendo una distribución más justa del presupuesto del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2.- A los efectos de esta ley, se entiende por “Incentivo a la Producción Cultural”, aquellas líneas de fomento incluidas en el Programa 11 del Presupuesto del Ministerio de Cultura (Jurisdicción 50). Quedan comprendidos en la presente definición los Institutos de Promoción Cultural (Proteatro. Prodanza, Proescritores, Bamúsica, Bamilonga); el Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y la Ciencia; y Régimen de Promoción Cultural (Mecenazgo); así como cualquier otra línea que en el futuro se incorpore para garantizar el fomento de aquellas actividades que no cuenten con una ley de concertación específica.
Artículo 3.- La previsión presupuestaria anual para el Ministerio de Cultura (Jurisdicciones 50.0.0 y 50.0.513) deberá asignar obligatoriamente a los programas de “Incentivo a la Producción Cultural” un mínimo del 3,5% de su presupuesto total, lo cual deberá verse reflejado anualmente la “Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Artículo 4.- El presupuesto asignado de acuerdo al artículo anterior deberá ser ejecutado en su totalidad para el fomento de las actividades de cultura independiente no oficial descriptas en el artículo 2°. En caso de existir un remanente, éste deberá ser distribuido entre las restantes líneas de “Incentivo a la Producción Cultural”.

Autor entrada: Diego Fernandez

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