«Hay que respetar el casco histórico y el derecho a decidir de su gente»

Mauricio García
Twitter @MauTse_

infomautse@gmail.com
Vecin@s y moradores de la Comuna 1, tengo una inquietud y quería compartirla con ustedes en relación a las obras publicadas/publicitadas en diario La Nación («La prioridad para el peatón llega al Casco Histórico«).

¿No creen que semejante obra de modificación en el casco histórico de la Comuna 1 debería haber pasado, como mínimo, por el Consejo Consultivo de la Comuna?
Teniendo en cuenta que el área está protegida por ley y sabiendo que bajo estás callecitas está nuestra mas reciente historia (que no se trata solo de pantallas contándola, guías turísticos y malbones, sino de preservarla y respetarla), y que, según nuestra experiencia vivida por estos lares, sabemos que se han realizado obras en todo el tejido que fueron irreparables, como el reemplazo de los adoquines originales o la no protección debida de edificaciones como el ejemplo de La casa del naranjo o la reciente avanzada irrespetuosa y grotesca sobre la vereda de la Iglesia San Ignacio en Bolivar 200.
No se juzga el proyecto porque no se lo conoce ni se pudo participar en las decisiones de su elaboración (como quisiéramos y como es nuestro derecho), por lo tanto no podemos hablar de el, pero si criticar las formas de implementarlo y sobre lo poco que nos dice esta nota orientada a vendernos la 8va maravilla en el Casco histórico.
Roberto Oscar Salcedo
Digo, el Presidente de la Junta Comunal Señor (Roberto Oscar) Salcedo, que se pasea por todos lados sacándose fotos en cada vereda que arregla, ¿Por qué no informa sobre estas obras planificadas a los vecin@s y a su órgano de participación que es el Consejo Consultivo?
 
¿Nos tenemos que enterar por un medio nacional el cual esgrime detalles minuciosos que ni siquiera podemos debatir?
¿Sabía el Sr Salcedo y el resto de los 5 juntistas sobre estas obras? ¿No deberían dar explicaciones si ellos sabían de porque no difundieron esto? 
Decimos 5 juntistas + el Presidente porque según nos informan, uno de los juntistas, Carlos Podesta, no está trabajando, y no se informaron públicamente los motivos, por lo cual solicitamos se articulen los mecanismos para su reemplazo y/o sustitución.
Hay algo que no está funcionando en la Comuna 1, o dicho de otra forma,la comunicación funciona solo cuando se quiere convencer a algunos de algo, por un interés particular (individuales son las reuniones del Sr Salcedo comentan en el barrio) – Lease Anticuarios y algunos comerciantes, nada de vecin@s y ciudadanos como corresponde y lo establece la ley 1777 de Comunas (la cual transcribo abajo algunos artículos para dar sobre tierra las violaciones a dicha ley que se está haciendo), ley de comunas por la cual fueron electos y a la cual le deben su mandato -.
La Democracia Participativa definida y escrita en nuestra constitución CABA y reglamentada en la ley 1777 no quiere ser implementada/utilizada por el ‘mal’ gobierno de Rodriguez Larreta para que entre tod@s-ciudadanos y vecin@s- podamos utilizar nuestro derecho a decidir la ciudad que queremos y necesitamos, sino solo sesgada y en partes (como la elección del nombre de un túnel entre 3 opciones impuestas por ellos) o para que los funcionarios de turno cumplan sus sueños individualistas (sic $), y una vez cumplido desaparecen hasta nuevo aviso sin importar lo que pase o el impacto que tenga en el barrio las decisiones de otr@s.
Como ejemplos de sueños individualistas podemos mencionar , o mucho peor denunciar, que realizan obras varias veces como el canil del Parque Lezama terminado en 2013 y hoy vuelto a hacer (¿Qué desgaste y que prioridad puede tener un canil en 2 años y medio?), o el sistema de riego el cual estaba en la licitación de ‘puesta en valor’ y nunca se instalo, hoy a mas de un año de fin de obra y luego que los vecin@s reclamaran por el mal estado del césped que se está colocando (no se sabe si con la partida anterior o es nueva partida) cualquiera de ambos casos es bochornoso.

Estos son solo algunos ejemplos, podríamos hablar de falta de CESACs, falencias en sistema educativo, etc.
No queremos que nos saquen o nos hagan creer que la ciudad es una sola cosa y solo deciden algunas personas, la ciudad tiene comunas y hay que respetarlas, así como también hay que respetar el casco histórico y el derecho a decidir de su gente, no dejemos que políticas macro impacten y no tengan en cuenta a los que vivimos aquí.
En el artículo de La Nación la señora que relaciona livianamente bares con inseguridad y que el cronista hábilmente conecta que con luces (solamente) se va a solucionar, es un artilugio mediático que ya no tiene cabida en los mecanismos a que nos tiene acostumbrados el gobierno del pro en la ciudad y en el barrio para convencer a la opinión pública.
No pueden cambiar así como así la idiosincrasia de un barrio. San Telmo es lo que es por su gente, por sus bares (estigmatizados) y por su feria de los Domingos (que la quieren desalojar). Sin tod@s esos componentes sería otra cosa.
Defendamos este atropello gentrificador e inconsulto y defendamos el barrio, no dejemos que lo vuelvan otro barrio, digamos no a la palermitización del barrio y de la ciudad.
La comuna 1 esta compuesta por los barrios de Retiro, San Nicolás, Puerto Madero, San Telmo, Monserrat y Constitución.
Adjunto: Ley 1777, «de las comunas» y Constitución de la Ciudad
Artículo 13 – Políticas especiales. Conforme lo establecido en el Título Segundo de la Constitución de la Ciudad sobre políticas especiales, las Comunas intervienen, dentro de la esfera de sus competencias, en la elaboración y planificación de políticas en las áreas de salud, educación, medioambiente, hábitat, cultura, deporte, seguridad, igualdad entre varones y mujeres, niños, niñas y adolescentes, juventud, personas mayores, personas con necesidades especiales, trabajo y seguridad social, consumidores y usuarios, comunicación y presupuesto, función pública, ciencia y tecnología y turismo.
Artículo 26 – Atribuciones y obligaciones. Son atribuciones y obligaciones de la Junta Comunal:
ñ) Planificar una política de comunicación ciudadana que garantice el acceso a la información y publicidad de los actos de gobierno y los informes de la Unidad de Auditoría Interna.
 
Artículo 35 – Funciones. Son funciones del Consejo Consultivo Comunal:
a) Participar del proceso de elaboración del programa de acción anual y anteproyecto de presupuesto de la Comuna y definir prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos.
CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ARTICULO 1°.-La Ciudad de Buenos Aires, conforme al principio federal establecido en la Constitución Nacional, organiza sus instituciones autónomas como democracia participativa y adopta para su gobierno la forma republicana y representativa. Todos los actos de gobierno son públicos. Se suprimen en los actos y documentos oficiales los títulos honoríficos de los funcionarios y cuerpos colegiados.

Autor entrada: Diego Fernandez

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